Santa Fe, 28 de abril de 2022
Desde el Tribunal de Ética y Disciplina, llamamos a la reflexión a las y los matriculados sobre la importancia del VOTO. La finalidad del presente comunicado es recordar que, el mismo, es un acto de deber y de derecho, es un acto obligatorio.
Las justificaciones de las y los matriculados que el tribunal consideró acreditadas han sido situaciones de extrema imposibilidad, por tanto, se toma debida nota de las y los colegas que no han procedido a emitir el voto electrónico en las pasadas elecciones del día 4 de mayo de 2021.
Compartimos el refrendado artículo 47 confiando en la responsabilidad ética en la elección de quienes van a representar y conducir un colegio profesional invitando a las y los colegas a realizar la correspondiente lectura del Marco Normativo de las Prácticas Profesionales que se encuentra actualizado en el sitio web.
Art. 47° “Candidatos Inhabilitados”
No podrán ser candidatos a integrar el Directorio ni a ocupar el cargo de Síndico o de miembro del tribunal de disciplina aquellos matriculados que no hubiesen votado en las últimas tres elecciones realizadas en el Colegio, salvo causa justificada en su oportunidad. A tal fin, luego de cada elección el Tribunal de ética y disciplina procederá a tomar debida nota de los colegiados que no hubiesen votado, procediendo a requerirles justificación de su inasistencia, en la forma prevista en su reglamento.
Atentamente, Tribunal de Ética y Disciplina
Analía Zapata
Laura Serra
Ma. Virginia Iovaldi
Ley 9538 del
ejercicio
profesional
Estatutos del
Colegio
de Psicólogos
Código de Ética
Resolución incumbencias
Resolución Interés
Público
Reglamentos Vigentes
Reglamento de Áreas
Reglamento del Tribunal
Obras sociales vinculadas al Colegio
Habilitaciones de consultorio
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