Reglamento

La biblioteca “Estela María Gagneten” del Colegio de Psicólogos de la Provincia de Santa Fe de la 1ª Circunscripción, tiene por objeto acercar material bibliográfico específico de la disciplina a la comunidad en general y en especial a sus propios colegiados, favoreciendo tanto la capacitación como la difusión de las problemáticas abordadas por tales profesionales. En todos los casos el usuario deberá conocer y respetar el siguiente reglamento.


A) El préstamo a domicilio sólo se hará para los matriculados bajo las siguientes condiciones:


i. Ser socio activo (todo aquel que esté abonando la cuota de matrícula).

ii. Pedido personalmente o por teléfono en el horario de biblioteca o por mail.

iii. Por un plazo de dos semanas para matriculados de la ciudad y cuatro semanas para los matriculados del interior, a partir del día en el que el préstamo se hace efectivo.

iv. Los gastos por envío del material al interior corren por cuenta del matriculado quien deberá informar la empresa o medio responsable para tal fin que deberá firmar el cuaderno de salidas.

v. La devolución podrá realizarse por terceros, correo, mensajería o cualquier otro medio que asegure la recepción del material en tiempo y forma establecidos.

vi. Todas las devoluciones podrán realizarse en el horario de atención al público de la secretaría.

vii. Todos los materiales retirados de biblioteca deberán ser devueltos en las mismas condiciones de uso en que le fueron entregados.

viii. La pérdida o deterioro de cualquier material implicará la reposición del mismo o el equivalente a su valor.


B) De los no matriculados:

Todos los interesados accederán a la consulta del material con la posibilidad del préstamo con devolución, en el mismo día durante el horario de la biblioteca entregando en el momento en que el mismo se hace efectivo, su documento de identidad, libreta de estudiante, carnet profesional u otro documento personal.

También podrán retirar libros los estudiantes de Psicología que estén realizando la tesis, con la presentación de una autorización que les tendrá que entregar la directora de la misma. Esta autorización estará vigente hasta que los mismos se matriculen en el Colegio.


C) La promoción de las prestaciones de la biblioteca se realizarán a través de volantes a distribuir en hospitales e instituciones varias. 

D) El Directorio se reserva el derecho de realizar modificaciones a este Reglamento, según convenga a los intereses del Colegio y de sus Colegiados, previa consulta con Biblioteca y ad – referéndum de la Asamblea de Colegiados. 

Santa Fe, Marzo de 2003

Obra social