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03-06-2021

Tribunal de 脡tica y Disciplina

Actuaciones y funciones.


Estimadas/os Colegas:

El Tribunal de Ética y Disciplina hace saber a los/as colegiados/as que:

Este Tribunal, cuya actuación se circunscribe exclusivamente a los miembros que lo conforman, tiene asignado como función la tramitación por infracción a la ética profesional y se halla facultado para aplicar las sanciones disciplinarias-administrativas, con plena autoridad y criterio para dar cumplimiento a sus decisiones. Desde esta instancia se llevan a cabo todas las diligencias correspondientes, vigilando que las mismas no trasciendan por fuera del ámbito del mismo, en conformidad con las normas vigentes, y en absoluto y cuidadoso respeto por la discreción y privacidad respecto de las situaciones y denuncias recepcionadas. 

El Tribunal cuenta con autonomía respecto de sus actuaciones, ejercida criteriosa y prudentemente de acuerdo al hecho investigado, y acorde a las reglamentaciones y procedimientos establecidos. En este sentido, queremos expresamente dejar aclarado que la responsabilidad por las consecuencias de toda acción, palabra o intencionalidad manifiesta que causara perjuicio a algún colega debe ser asumida por quien comete tal accionar.

Cabe recordar el art. 3.2.6 de nuestro Código de Ética que enuncia: “Está vedado a los psicólogos difamar a un colega, calumniarlo o tratar de perjudicarlo por cualquier medio en el ejercicio profesional, incluidas las formulaciones de denuncias calumniosas o infundadas y cualquier referencia a su vida privada.”, resultando consecuentemente pasibles de las sanciones disciplinarias correspondientes quienes infringiesen dicha normativa.

Ante innumerables consultas en relación a las prácticas, y que no constituyen específicamente cuestiones del orden de la ética, se deja esclarecido, además, que no constituye a la especificidad de la labor del Tribunal, brindar respuestas y/o asesoramientos respecto a temas, situaciones o planteos del orden esencialmente clínico-terapéutico o de otro ámbito. Apelamos a la responsabilidad de los matriculados en cuanto a los criterios profesionales, a la formación y a la supervisión como herramientas ineludibles en el ejercicio de nuestra profesión. En este sentido, se recuerda que el colegio dispone de una lista de supervisores en caso de ser requerido.

Por último, y entendiendo que el conocimiento de la normativa deontológica que orienta nuestro quehacer resulta inherente al ejercicio profesional, sugerimos su atenta y cuidadosa lectura.

A la espera de contribuir al entendimiento de las mencionadas cuestiones, como así también propiciar el sostenimiento de respetuosos lazos entre colegas, los/as saludamos cordialmente.

Tribunal de Ética y Disciplina

 

Psic Serra Laura

Psic Zapata Analía

Lic Iovaldi Virginia

Obra social